Ordenanzas Fiscales

Cómos ...

Datos de interés

Teléfonos

Direcciones

Páginas web


  

   En esta sección pretendemos reflejar todas aquellas preguntas que nos han hecho llegar Uds. o aquellas preguntas que, aún partiendo de nosotros, creemos pueden ser de interés para todos.

   En caso de que necesite aclarar alguna duda, pruebe en esta sección o en la seccion de Comos. Si no encuentra en ninguna de las secciones anteriores la información que busca, puede ponerse en contacto con nosotros, plantearnos su duda y en un período razonable de tiempo (que depende lógicamente de la complejidad de la duda) le remitiremos la respuesta a su dirección electrónica.

   La estructura de esa sección es muy sencilla: se plantea una pregunta muy concreta y se acompaña una respuesta muy concisa.

   En el caso de preguntas que requieran una respuesta mas amplia, se colgará en la sección de Comos.

   Esta sección también está abierta a las cuestiones que quiera formularnos, aunque le rogamos que primero lea las respuestas que se muestran, por si le sirvieran de ayuda.

¿Cómo se calcula la cuota a pagar por el recibo de IBI Urbano (contribución urbana)?
     La cuota tributaria (el importe a pagar) resultante de su recibo por el concepto de IBI urbana es el resultado de aplicar el 0.50% (para este ejercicio de 2002) del valor catastral calculado por la Dirección General del Catastro para su finca urbana.

¿Cómo se puede pagar un tributo?
     Una vez que haya recibido el correspondiente documento de pago, puede hacerlo efectivo a través de cualquier oficina de la Caja General de Ahorros de Canarias (CajaCanarias), donde además puede domiciliar ese concepto para futuros ejercicios.

¿Por qué la cuota tarifa del IAE es sensiblemente superior en el 2002, con respecto al 2001?
     En el ejercicio de 2002, el Instituto Nacional de Estadística (INE), reconoció para el municipio de Adeje una población de derecho de 20.100 habitantes, cuando tenía reconocido hasta ese momento una población de derecho de 9.000 habitantes, aproximadamente.
     Ello conlleva que la Agencia Estatal de Administración Tributaria haya recalculado la cuota de tarifa de aquellas actividades económicas encuadradas en los epígrafes que dependen de un tramo poblacional, dando como resultado este incremento en la cuota de tarifa.

¿Quiere plantearnos una cuestión ...?
      Hágalo mediante el siguiente formulario
Los campos marcados con un asterisco (*), son de entrada obligatoria.
 
(*) ¿Cual es su pregunta?:
Intente ser claro y conciso, para que podamos resolverle mejor su duda:
 
 
(*) Nombre o Razón social:
 
 
e-mail de contacto:
 
 
Teléfono de contacto:
 
     La razón de solicitarle datos personales o de su empresa es para poder comunicarnos con Ud. y resolver su cuestión.
   Si no posee e-mail(nuestro medio preferido), debe indicar un teléfono de contacto.
   Si indica una dirección de e-mail, puede dejar en blanco el teléfono.